Será responsabilidad de los órganos de selección el cumplimiento de los plazos previstos en las reglas de procedimiento establecidas en esta resolución.
48. Recursos.
1. La resolución de la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante la Secretaria de Estado de Educación, Formación … Leer más >>
46. Compatibilidades de las becas.
1. Ningún estudiante podrá percibir más de una beca, aunque realice simultáneamente otros estudios. Las becas convocadas por esta Resolución son incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma finalidad que puedan recibirse … Leer más >>
45. Notificación y credenciales.
1. Las universidades y, en su defecto, la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte emitirán las credenciales de becario a quienes cumplan todos … Leer más >>
44. Exención de los precios públicos por servicios académicos y abono a las universidades.
1. Los estudiantes universitarios que soliciten beca podrán formalizar su matrícula sin el previo pago de los precios públicos por servicios académicos de aquellos créditos de los que se matriculen por primera vez. … Leer más >>
43. Pago de las becas.
1. La Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones confeccionará los soportes informáticos necesarios para el procedimiento de pago de las becas concedidas. 2. La Secretaria General de Universidades y el … Leer más >>
42. Concesión, denegación y publicación.
1. De acuerdo con la información que le hayan facilitado las administraciones públicas y las comunidades autónomas firmantes del convenio mencionado en el punto 7 del artículo anterior, la Subdirección General de Tecnologías … Leer más >>
40. Comisión de selección.
1. Para el estudio de las solicitudes presentadas y selección de posibles becarios, se constituirán en el mes de octubre, un órgano colegiado de selección de becarios con la composición que a continuación … Leer más >>
