1. Para ser beneficiario de las becas que se convocan por esta Resolución, los solicitantes deberán estar matriculados, en el curso-2013, en alguno de los estudios mencionados en el artículo 3 y cumplir los requisitos de naturaleza académica que se establecen a continuación. La cuantificación del aprovechamiento académico del solicitante se realizará en la forma dispuesta en los artículos siguientes.

2. En el caso de los estudiantes que cambien de universidad para la continuación de sus estudios, los requisitos académicos a tener en cuenta serán los correspondientes a la universidad de origen.

3. En caso de haber dejado transcurrir algún año académico sin realizar estudios, los requisitos que quedan señalados se exigirán respecto del último curso realizado.

2 thoughts on “16. Normas comunes.

  1. Me han denegado la beca porque mi vivenda habitual es un finca rustica, con un valor catastral de suelo y otro de la vivienda, y lo que han hecho es tener solo en cuenta el valor de la construcción y el valor del suelo, al ser rústico, me lo computan a efectos de patrimonio con los cual supero el umbral, tratándose de la misma finca con la misma referencia catastral y siendo mi viviendas.
    Es decir valor del suelo 43.228,80
    Valor de la construcción 77.186,56
    Valor catastral de la vivienda (habitual del alumno) 120.415,36
    Evidentemente los 43. 228,90 del suelo al ser 3 miembros en la unidad familiar, lo supero en un 109,75%.
    Alquien me puede decir, por favor, si esto es posible.
    Tengo entendido que la vivienda habitual del alumno no computa nunca aunque sea rúistica como es el caso.
    Gracias

    1. Usted además de la viviendo habitual se entiende que tiene una finca rústica que podría destinar a otros fines, sin embargo es un caso que debe tratar con su unidad de becas debido a su dificultad analítica para un asesoramiento personal.

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