1. Se convocan las siguientes modalidades de beca de movilidad para estudiantes que vayan a cursar en modalidad presencial y matrícula completa alguno de los estudios enumerados en el artículo 3 a) y b) en centros ubicados en comunidad autónoma distinta a la de su domicilio familiar, con las cuantías que se indican para cada una de ellas:
Serán aplicables a los becarios de movilidad los componentes de rendimiento académico y beca de matrícula.
En el caso de solicitantes que cursen estudios en Comunidad Autónoma distinta a la de su domicilio familiar y no realicen matrícula completa, les serán asignados los componentes de beca general que se establecen en esta convocatoria para los supuestos de matrícula parcial.
2. Componente de rendimiento académico. En las condiciones y con el rendimiento académico establecidos en esta convocatoria, los beneficiarios de beca de movilidad obtendrán, además de la modalidad de beca de movilidad que les corresponda conforme a lo dispuesto en la presente resolución, el componente de rendimiento académico con una cuantía de 150,00 euros.
Este componente se adjudicará a los estudiantes de Master y de segundo y posteriores cursos de las enseñanzas de Grado y de las enumeradas en el apartado b) del artículo 3. No podrán ser beneficiarios de este componente quienes en el curso anterior hubiesen optado por la matrícula parcial o no se hubiesen matriculado de todos aquellos créditos en los que les hubiera sido posible.
3. Para la concesión de las modalidades de becas indicadas se establecen los siguientes umbrales de renta familiar señalados en el artículo 14 de esta Resolución:
a) Para las modalidades especiales de beca de movilidad se aplicará el umbral 1 de renta familiar.
b) Para la beca general de movilidad sin residencia se aplicará el umbral 3 de renta familiar.
c) Para la beca general de movilidad con residencia se aplicará el umbral 4 de renta familiar.
d) Para la concesión de la beca de matrícula como único componente se aplicará el umbral 5 de renta familiar.
e) Para la concesión del componente de rendimiento académico se aplicará el umbral 5 de renta familiar.
4. A efectos de la concesión de beca de movilidad, los estudios militares de grado cursados en centros universitarios de la Defensa tendrán el mismo tratamiento que los estudios militares superiores, previsto en la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios.