Cuando solicitamos una beca de estudio todos esperamos que nos la concedan y nos alegramos muchos si finalmente nos la dan, pero también hay varias posibilidades de que los alumnos se vean obligados a la devolución de este tipo de becas económicas.
Debemos de tener en cuenta que aunque se conceda una beca de primeras, esto no quiere decir que sea definitiva y es que cuando salen las diversas convocatorias, se especifican algunos casos en los que se puede llegar a solicitar al devolución del dinero. Si se trata de una de las muchas becas concedida por el Ministerio de Educación y Cultura, estas van sujetas a una serie de condicionantes y a una finalidad concreta y que en el supuesto caso de que no se cumplan ninguna de ella, los estudiantes también tendrán que devolver el dinero.
El reintegro del dinero se puede solicitar en cualquier momento, aunque el plazo que tiene la Administración para iniciar el expediente es de cuatro años desde que se concedió.
Por cada convocatoria anual, hay una de parámetros para poder accederá esa beca y algunos de los casos o situaciones por los que la Administración puede solicitar su devolución son:
- En la convocatoria se han modificado algunos datos de relevancia e incluso se han falsificado, lo cual es mas agravante.
- Cuando se solicita una beca, teniendo otra en marcha y que imposibilita que se obtengan a la vez
- Si los requisitos iniciales no estaban cumplidos
- Por un posible error de la Administración a la que le compete.
Becas Económicas para las enseñanzas universitarias
Si esta beca esta concedida a estudiantes de Universidades públicas se debe devolver el dinero de la beca si han cancelado su matrícula, o por algún motivo han abandonado los estudios o en el hipotético caso de no aprobar al menos, la mitad de los créditos matriculados, en ninguna convocatoria a las que se ha presentado el alumno. Aunque debemos tener en cuenta que el número de créditos serán distintos según la carrera.
Becas Económicas para las enseñanzas no universitarias
Si por el contrario esta beca esta destinada para estudiantes no universitarios, como podría ser del colegio, instituto o algún grado de formación profesional, deben hacer la devolución del dinero si ocurre alguno de estos casos:
- Si no siguen estando en el curso o si se trasladan de centro escolar.
- En el caso de la asistencia, si se acumula un 20% de faltas al centro sin justificar.
- Se deben de aprobar un mínimo, suele ser la mitad de las asignaturas que se tengan en el curso.
El reintegro de la beca se notificará por parte de la Administración pertinente y puede ocurrir en cualquier momento durante los cuatro años posteriores a la convocatoria.
En estos caso, la propia Administración es la encargada de notificar el motivo por el que tener que devolver la beca a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Educación o por correo certificado.
Desde ese instante, dispones de un plazo de dos meses o de 60 días naturales para realizar el ingreso de la devolución. Si no se realiza en este plazo se le puede abrir un expediente al alumno o a la persona que solicitase la beca, en caso de los menores, al cual podrás alegar lo que creas conveniente y si se te da la razón, recibirás otra notificación similar, pero en este caso para el cierre de expediente.
Si esto no acaba ocurriendo, solo hay dos semanas para pagar y si llegamos a esta situación, pero seguimos sin pagar por el motivo que sea, la Administración empezará a incluir en la devolución una serie de intereses e incluso unos recargos severos si este problema llega a manos de la Agencia Tributaria española, llegando en los casos más extremos a algunos embargos.
¿Puedo fraccionar una deuda?
Una buena noticia si llegamos a la situación de tener que devolver alguna beca es que si no contamos con la cantidad de dinero precisa en ese momento y ningún amigo o familiar nos puede prestar un poco, puedes tratar de solicitar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el fraccionamiento de la deuda. Aunque debemos tener en cuenta que este proceso pasa varias etapas y que no por el hecho de solicitarlo nos lo van a conceder.
Desde el primer momento donde se te informa que debes hacer la devolución de la beca, puedes solicitar el fraccionamiento de la misma. Cuanto más pronto lo hagas, será más beneficioso y sencillo para ti. Y es que esto indica que el alumno reconoce la deuda como un proceso voluntario y que quiere solucionarlo de manera fácil y amistosa.
Si no lo haces en la primera fase, la persona debe esperar a recibir segunda carta del Ministerio de Hacienda. Se trata de un documento certificado, por lo que en ningún momento tendrás la carta en el buzón, tienen que entregártela en mano. Si tardas demasiado, tendrás un recargo de 20 % sobre el importe oficial. Es impórtate estar al pendiente porque, muchos beneficiados no reciben la primera carta; solo la segunda junto con el recargo, aunque si crees que se trata de un fallo por su parte, no dudes en reclamarlos.
La mayoría de las personas cuando inician el trámite para la fracción de la deuda se encuentran en esta segunda fase. Sin embargo, puedes hacerlo desde que recibes la notificación de la primera carta. Lo mejor es estar al loro de tu estado en la Sede Electrónica. En caso de que diga reintegro, deberás devolver la beca.
Muchas veces estos trámites pueden ser algo pesados y las instituciones no te lo facilitan demasiado, así que te animamos a que tengas paciencia y que si te ves en esta tesitura, todo se solucione lo mas rápido posible.
Me reclaman una beca del 2018 y nunca recibi notificacion diractamente en el 2022 me ha emvargado
A mi hijo le concedieron una beca y por circunstancias se tuvo que ausentar el instituto durante 2 semanas y la beca que le concedieron se gastó el dinero su madre en asuntos propios quién debería devolver la beca