Los becarios pueden quejarse sobre cómo los trata la administración pública, sobre todo teniendo en cuanto a temas de incumplimientos de plazostransparencia del proceso de tramitación, fallos, retrasos, equivocaciones y «mal hacer» tanto de la entidad administrativa como de las funcionarios en general. Este recurso en España se llama contencioso. administrativo y os diremos cómo, cuándo y dónde se presenta. 

Contra quién puedes quejarte
A) La Administración General del Estado 
B) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. 
C) Las Entidades que integran la Administración Local 
D) Las Entidades de Derecho Público que sean dependientes o estén vinculadas al Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales
Quién lo puede interponer 
 1.Tienen capacidad procesal ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: 
A) .Los que estén en pleno ejercicio de sus derechos civiles y los menores de edad. 
B) .Los grupos afectados, uniones sin personalidad o patrimonios independientes o autónomos.
1.Están legitimados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: 
A) .Las personas físicas o jurídicas que ostenten un derecho o interés legítimo.  
H) .Cualquier ciudadano, en ejercicio de la acción popular, en los caos expresamente previstos por las Leyes. 
¿Quién me defiende?

Podéis contratar un procurador o un abogado (aconsejable). 
¿Qué es?
Básicamente, se trata de poder quejarte de lo que tardan en resolverte la beca, de errores humanos, de plazos incumplidos, de malas gestiones, etc. Para ello, puedes interponer este recurso.
Plazos para la interposición del recurso contencioso-administrativo 

 Si el acto es expreso ( es decir, que te resuelven la beca y no estás de acuerdo con la administración de la misma) el plazo es de dos meses, pero si el acto es presunto (silencio administrativo, como por ejemplo, no resolverte la beca nunca) el plazo es de seis meses
Cuentan desde el día siguiente a que se cumple el presunto hecho por el que se denuncia, en el caso de que sea por una mala resolución, desde ese día, y si es por silencio administrativo, desde el día siguiente en que se debería haber resuelto la beca. 
Interposición del recurso contencioso-administrativo y documentación a acompañar.

El recurso contencioso-administrativo se inicia por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación administrativa constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo que la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, disponga otra cosa. (esto consúltalo con tu abogado).
A este escrito se acompañará: 
 A) .El documento que acredite la representación del compareciente salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pudiente ante el mismo juzgado o Tribunal, en cuyo caso puede solicitarse que se expida certificación para su unión a los autos. 
 B) .El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título. 
 C) .La copia o traslado de la disposición o del acto expreso que se recurran, o indicación de expediente en que haya recaído el acto o el periódico oficial en que la disposición se haya publicado. Si el objeto del recurso fuera la inactividad de la Administración o una vía de hecho, se mencionará el órgano o dependencia al que se atribuya una u otra, en su caso, el expediente en que tuvieran el origen, o cualesquiera otros datos que sirvan para identificar suficientemente el objeto de recurso.
D) .El documento o documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para entablar acciones las personas jurídicas con arreglo a las normas o estatutos que les sean de aplicación, salvo que se hubieran incorporado o insertado en lo pertinente dentro del cuerpo del documento mencionado en el apartado a). 
¿Dónde presentarlo? 

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo se halla integrado por los siguientes órganos: 
 A) .Juzgados de lo Contenciso-administrativo. 
 B) .Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo . C.Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia. 
 D) .Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. E.Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo
Para obtener aun más información, aunque es muy técnica y de la cuál hemos traducido y seleccionado aquí, consulta este enlace. 
                                                                                         Fuente: Ministerio de Administraciones Públicas 
Recuerda los otros tipos de recursos que tienen los becarios:
– Alegaciones

Requisitos académicos 2013/2014 – Cambios de este año –  Guía de Becarios 2013/2014

27 thoughts on “Recurso contencioso – administrativo: quejas a la administración por su gestión.

  1. Hola, tengo una duda. Me mandan devolver la beca este año pero tengo que devolver la parte dineraria solamente o también la matrícula?

  2. Hola! Me dieron la matrícula y la compensatoria, pero no la de residencia. Hice la alegación en febrero, todavía no he cobrado nada, puedo poner el recurso contencioso? Muchas gracias!

    1. Por que motivo no te ingresaron la residencia???

      A estas alturas no creo, ya ha pasado el plazo de 2 meses para interponer recurso contecioso administrativo. Presentaste recurso de reposición?

  3. No me ingresaron la residencia porque no tenían contrato de residencia. En la alegación adjunté el contrato de alquiler. Todavía no he visto un euro desde febrero. ¿Qué puedo hacer? Ellos me dicen que espere a después del verano, ¿esto es posible?

    1. Pues según de la universidad que seas, estoy viendo que sí.

      Si vives fuera de tu domicilio, si no presentaste contrato, al menos deberían haberte concedido la ayuda de desplazamiento.

    2. Soy de la Universidad de Valencia (UV), en su momento no me dieron la de residencia porque no presenté el contrato (no lo sabía, otros años no me lo pidieron), pero en la alegación (en febrero) adjunté contrato de arrendamiento. No sé si esto puede estar tardando tanto en resolverse. Hay casos similares? Qué fechas límite tienen para resolver y dotar este tipo de alegaciones? Muchísimas gracias.

    3. gracias gracias gracias por vuestra respuesta. 4 meses contando desde cuándo? porque la alegación la presenté el 28 de febrero: el 28 de junio hubiera hecho 4 meses. estamos a finales de julio y no sé nada…

    4. el enlace que me adjuntais me remite a esta misma entrada: recurso contencioso administrativo. se trata de un error? gracias!!

  4. Hola! Estudio en Barcelona, el Agaur me dió la resolución de mi beca favorable en mayo y me pagó su parte, pero la universidad aún no me ha pagado la suya y no sé que hacer.. Les envío mails cada día y me he ido a quejar, siempre me dicen a final de mes..pero ya han pasado muchos final d mes y sigue sin que me paguen.. Sabéis si me puedo quejar al Agaur o a alguna administración?! Mis compañeros dicen que el año pasado no se la pagaron hasta finales de septiembre y no sé cuan legal puede ser eso.. Yo necesito el dinero para la nueva matrícula y estoy desesperada.. Gracias!

    1. Eli, es totalmente legal, puesto que ellos no tienen un plazo máximo para devolverla. Realmente, tardar incluso hasta un año en casos extremos como algunos dados en la UCM. Le recomendamos que si mayor virtud será la paciencia, y que el día que vea el dinero ingresado lo verá recompensando. Eso si, sea usted "pesado", es decir, insista!!

  5. Hola, soy Carolina. Le concedieron a mi hija una beca de estudios MEC el 9 de abril de 2013.
    El 19 de julio de 2013 recibimos notificación de la Universidad de Córdoba en la que se nos hace constar que "por error en la mecanización" no le corresponde la beca adjudicada y que tenemos 2 meses para devolverla íntegra.
    El escrito "amistoso" no nos da opción a alegar ni recurrir.
    Me dicen que si no lo devolvemos en ese plazo se iniciará expediente de reintegro con los correspondientes intereses.
    He solicitado por teléfono que me permitan devolverlo a plazos. Me dicen que no se permite.
    Es esto legal, ya que ha sido un error de la Admón?

    1. No. Esa carta amistosa da dos meses para ingresar y no da lugar a alegaciones. Pasados los dos meses, se inicia expediente de reintegro y se dan 15 días para devolver el dinero, y se da pie a presentar alegaciones a dicha revocación.

      En el inicio de expediente NO SE GENERAN INTERESES. El problema es que en el trámite que se realiza en la propia universidad, ni en el que hace el ministerio, que comienza cuando pasan esos 15 días, SE PUEDE HACER LA DEVOLUCIÓN A PLAZOS.

      Será cuando el trámite pase al Ministerio de Hacienda, QUE ES CUANDO SE EMPIEZAN A GENERAR INTERESES, cuando se podrá solicitar el fraccionamiento de la deuda.

      Y por supuesto que es legal, no le quepa duda.

  6. Recibí una beca por ayuda al estudio en abril del 2008. Por problemas de fuerza mayor no pude acudir a los exámenes y en 2011 me reclamaron la devolución. La notificación en periodo voluntario no la recibí en mi domicilio actual, sino donde residía antes, pese a que la Universidad y hacienda estaban informados de este hecho. Esta circunstancia provocó la incoación de una vía ejecutiva en periodo de apremio sin saber que tenía abierto un expediente!!. La cantidad la pagué al momento para no ir a peores pero al encontrar todo tan injusto, recurrí a Hacienda. Ellos me la desestimaron por atenerse a lo que la Universidad les decía: que fui debidamente notificada en el periodo voluntario, cosa que no es cierta. Volví a recurrir al Tribunal Contencioso-Administrativo Regional y tras revisar todo el expediente, después de un año, cuando ya daba por zanjado el asunto y todo perdido, me dan la razón y me estiman el recurso, devolviéndome el dinero. Pues bien, cual es mi sorpresa cuando a principios de septiembre de este año vuelvo a recibir carta del MEC reclamándome la cantidad, esta vez sí, en mi domicilio actual, con las cartas de pago para pagar en periodo voluntario!! Obviamente, he presentado alegaciones por prescripción y además, porque me parece una tomadura de pelo que jueguen con las personas de esta forma solo por una afán recaudatorio. Estoy a la espera de que me contesten y porque auguro que no me van a dar la razón, les agradecería que me informaran donde puedo quejarme y como hacerlo. Muchas gracias por su ayuda.

    1. El error del MECD y del organismo competente de pedirle la beca es haberse equivocado en la dirección y , por lo tanto, usted no se dio cuenta de que se la pedían y le pusieron un expediente con los intereses de demora que también habrá pagado, Todo esto se lo han devuelto y todo bien. Pero el hecho de que ellos se equivocaran de domicilio y provocaran todo ese caos no signfiica que le "perdonen" la devolución de la beca. Ahora que saben donde vive ya pueden pedírsela bien, con los preceptivos trámites, como veo que están haciendo.

      No le recomendamos reclamar porque eso no preescribe en muchos añós, puesto que el MECD tiene hasta 6 años para reclamar la beca, o otros tantos para buscar al pagador. En definitiva, debe devolverla ya que muchos alumnos están ahora devolviendo becas del 2007 incluso.

  7. Hola amigos, me llamo Mª Angeles y este es mi caso. En enero de este año me matriculo en un Master en la UCAM de Murcia y al día siguiente solicito la beca. En febrero me contestan que me falta documentación, como no la presento en su momento en mayo me vuelven a notificar que me deniegan la beca por: "no consignar en la solicitud los datos básicos o no haber aportado la documentació necesaria para la resolución de la misma, pese a haberle sido requerida", me dan un mes para presentar recurso de roposición el cual presento con toda la documentación perfecta y cumpliendo todos los requisitos. Ayer recibo una carta certificada en la que me deniegan la beca, ahora dicen por "Presentar la solicitud fuera de plazo". Me quedo perpleja llamo y hablo con la jefa de sección la mimsa persona que firma la carta y me dice que fué un error de ellos el no decir lo del fuera de plazo en un primer momento, pero que se han dado cuenta que está presentada en enero cuando las solicitudes acaban en octubre y que seguro que no la van a admitir aunque vuelva a reclamar. Lo que yo trato de explicarle a esta sra. (por cierto muy educada y amable), es que ni en la propia universidad sabian que en enero de 2013 se iba a realizar este master, por lo tanto yo no pude solicitar dicha beca en octubre porque ni en la universidad como digo sabian si iban a realizar el master o no. Mi pregunta es ¿si les presento un contencioso administrativo, tengo alguna posibilidad de que me den la razón?. Yo no he actuado de mala fe en ningún momento, todo ha sido por no saber ni la propia universidad de ese master hasta enero. Gracias

    1. M Ángeles, comprendemos a la perfección lo que nos quiere decir. Sabemos que usted no tiene la culpa de no haber podido presentarla antes por múltiples razones que no puede controlar usted sino que son inherentes a la uni, PERo debemso decirle lamentablemente que el BOE solo precisa un periodo excepcional de solicitudes hasta el 31 de DIC de cada año, hasta ese día y no más. Todo lo de despues, SEA POR LO QUE SEA, es denegado por fuera de plazo.

      Es por eso que nunca jamás deberían hacer máster que coiencen en Febrero o en Enero. Lo sentimos mucho, no tienes casi posibilidades de que acepten ese recursos (por no decirte ninguna). Ya nos contarás qué decides 😉

    2. Muchas gracias por la respuesta. Una pena porque cumpliá todos los requisitos. Si sigo adelante os tendré informados.

      Felicidades por esta magnífica web.

      un saludo.

  8. Hola buenas noches,
    yo en octubre solicite la beca para un master, pero hasta hoy no me he podido matricular porque me quedaba una asignatura de mi carrera y hasta diciembre no la he aprobado.
    Alli me han dicho que la universidad ya ha tramitado mi beca, pero no para el master sino para la carrera. Lo que han dicho es que han hecho eso porque era de lo que estaba matriculado (yo en ningun momento solicite esa beca) y pensaban que habia un error en mi solicitud. A mi en absoluto me conviene esa beca puesto que no me cubre ninguna asignatura de primera matricula.
    Ahora bien, los tramites/alegaciones para subsanar ese error a quien le corresponderia gestionarlos, a ellos que se han inventado la solicitud de beca o a mi?

    1. esta semana me llamaron para echar la alegacion, estas alegaciones cuanto tardan? mi beca ya estaba en el mec, tiene que volver otra vez a la universidad, sigue en el mec pero corrigiendose ese error… o me la tienen que rechazar para que empieze otra vez el proceso¿

  9. Hola.
    Mi problema es que he recogido ayer una carta certificada del Ministerio en la que se me conmina a pagar tasas + beca por no haberme presentado al menos a un tercio de los exámenes por las asignaturas que me matriculé.
    El tema es que pedí un aplazamiento por estar trabajando de los exámenes que me correspondía hacer de las asignaturas de la carrera de la UNED en las que estaba matriculado, y esa documentación se envió por email y se me contestó desde la Secretaría de la UNED que el tribunal resolvería y respondería. Y nunca me contestaron, con lo que no supe dónde o si debía presentarme a los exámenes aplazados, pese a que llamé a Secretaría y escribí varios emails a los que no me respondieron.
    Tengo copia de todas las comunicaciones y las puedo demostrar.
    El caso es que después intentaron notificarme de la UNED dos veces por correo certificado, y las dos veces por diversas razones no recogí la documentación. En esta tercera sí y me encuentro con tres posibilidades:
    – Pagar tasas + intereses de demora antes del 5 de febrero
    – Recurrir por lo contencioso-administrativo antes del 28 de febrero
    – Presentar recurso potestativo de reposición antes de un mes (supongo que será desde la fecha de notificación, es decir, 27 de enero)
    (Ninguno de los dos recursos interrumpen el procedimiento, según se indica en la carta)

    Mis preguntas son:
    1) Para presentar recurso contencioso-administrativo necesito abogado, tal y como he leído en vuestra web… ¿Merece la pena? Es decir, ¿tendría posibilidades de ganarlo?
    2) Otra vía es el recurso de reposición… He leído http://www.dudasbecasmec.com/2013/05/que-es-un-recurso-de-reposicion-cuando.html y los comentarios… ¿Puedo interponer este recurso y el contencioso o es absurdo? ¿Cuál sería mejor para mí? ¿Qué me recomendáis?

    Muchísimas gracias por vuestro tiempo. Tenéis una web estupenda y muy informativa.

  10. Hola, muy buenas tardes. Acaban de rechazarme una alegación que puse (ya es la segunda) en el mes de julio, y quiero abrir un proceso contencioso-administrativo, ya que estoy totalmente desacuerdo con las razones por la cual se me deniega la parte de la cuantía de residencia. Resulta que yo soy de las Islas Baleares, estudio en valencia, pero durante el año 2014-2015 hice un erasmus en el primer cuatrimestre y un programa internacional es sudamerica el segundo cuatri. Como bien yo sabía, al no poseer de un contrato de de arrendamiento en la ciudad donde estudiaba y quitar la compatibilidad de la becas MEC con Erasmus en lo referente a la residencia no me corresponde los 1.500 euros. Pero, asesorandome y revisando el BOE, en ningún artículo se refiere a que no me corresponde lo referido al importe de insularidad. Por lo que puse dos alegaciones y la respuesta fue negativa.
    Esto es verdad, no me corresponde?
    Otra cosa, si es verdad que si me corresponde la insularidad, donde consigo un abogado que me asesore sobre el asunto?
    Gracias

  11. Ayuda por favor, presenté un recurso a GENCAT, pensando que estaba realizando una alegación, e informándome más he visto que no era esto, sino una alegación jurídica. ¿Esto supone un coste? Em ese caso, ¿habría forma de parar el proceso? ya que no cuento con dinero para poder enfrentarme a ese procedimiento. Por favor, necesito ayuda urgente.

  12. A qué te refieres con una alegación jurídica? Si es un recurso de reposición resuelve el Ministerio. No hay ningún gasto

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *