Un punto del BOE español de becas mec exige que aquel que no sea español pero residente en la U.E. y estudie en nuestro país haya cotizado en España el año anterior, algo entendible, pero incomprensible que exija que sea exactamente el 31 de Diciembre del año. Es decir, se exige trabajar únicamente ese día, y si has trabajado todo el año y justo ese día te echan te has quedado sin beca. ¿No es algo totalmente inútil? Pues un estudiante nos ha mandado una carta contándonos todo lo que le ha pasado con respecto a este tema. No tiene desperdicio y esperamos que se hagan eco el mayor número posible de personas para que modifiquen dicho requisito:
«Soy británico y he estado escolarizado en Inglaterra durante mi infancia. Cuando llegó el momento de empezar la educación secundaria, mis padres valoraron el Sistema Educativo Español lo suficientemente bueno como para querer que sus hijos se formasen en España.
Ahora embebido en el sistema, puedo compartir su opinión. Me escolaricé en primaria. La transición a la Educación Secundaria Obligatoria era momento de decisiones, quedarse en España o volver a Inglaterra. Nos habíamos adaptado bastante bien y optamos por estudiar la E.S.O. y posteriormente el Bachillerato. La presencia de excelentes profesores de ciencias había despertado mi vocación por la biología. Por lo que tras la selectividad me matriculé en Biología.
Hoy, soy estudiante del quinto y último año de la Licenciatura en Biología, una carrera que desde su comienzo ha mantenido mi entusiasmo, y que ahora con el título casi bajo el brazo y a punto de salir al mundo laboral hostil y devastador me hace pensar lo injusta que es la naturaleza en su más amplio sentido. Mis expectativas como biólogo son básicamente la comprensión de los fenómenos de la vida y que esto repercuta de algún modo sobre la sociedad. En otras palabras, buscar la satisfacción de los demás en mi trabajo.
La constante motivación por parte de los compañeros y profesores ha dado sus frutos académicos, con un expediente de notable y un entusiasmo inmenso por investigar me lanzo en busca de oportunidades, en cuanto a formación se refiere como a financiación de la misma.
Yo como gran cantidad de estudiantes dependo de las becas para costearme la formación, sin ellas sería imposible. En los cuatro años de carrera excepto una vez me la han denegado siempre pero con razón.
Como todos los años, solicito la beca de carácter general para descubrir que han añadido un requisito que sorprendería a más de uno de vosotros. Se trata de un requisito referente a extranjeros, en donde se les requieren que hayan cotizado en España para cumplir dicho requisito.
Cito textualmente del BOE: Capítulo 1, Artículo 1, Punto 2 ,apartado d):
“Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encontrasen trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre.”
Hasta aquí todo bien, lógicamente quien no cotiza para España no tiene mucho sentido esperar nada a cambio. El caso es que yo he cotizado en el, y lo sigo haciendo, ya que trabajo para pagarme los estudios. Por lo que en teoría cumplo los requisitos. Al parecer no es así, me han llamado de la unidad de becas para comunicarme que no cumplo los requisitos porque no he trabajado el 31 de diciembre. El personal de la unidad de becas me explica que para cumplir los requisitos tenía que haber trabajado el 31 de diciembre, ese día en concreto. Le digo que eso no tiene sentido, que esa interpretación se escapa de toda lógica.
Esto lo que quiere decir es que tiene derecho a beca un extranjero que haya cotizado única y exclusivamente el 31 de diciembre del y no alguien que pudo haber cotizado 364 días del año y por cualquier motivo no haya cotizado ese día, obviamente es un caso extremo.
¿Cómo puede ser esta la interpretación?
Este tipo de criterio se convierte desde mi punto de vista en un criterio discriminatorio, injusto y carente de lógica. Con conocimiento creo que sería posible recurrirla, lo que pretendo con mi carta es unir fuerzas, ya que no cuento con el apoyo profesional de un abogado, ni de los recursos para presentar un recurso en condiciones. Suplico ayuda, mientras mi impotencia me consume. Me han avisado que me vendrá denegada aunque no he recibido el pdf todavía.
La cosa aun tiene más, ya que tengo un hermano al que en la misma situación que yo si se la han concedido, pero al procesar la mía e ir a hablar con el personal de la unidad de becas se dan cuenta que se la han concedido por ERROR. A lo que me dicen: Cito textualmente «recuérdqle a tu hermano que le vamos a hacer una petición de devolución que se nos ha colado»
Espero contar con vuestra ayuda, sois mi esperanza.
Muchísimas gracias
Atentamente Roberto»
Correo de contacto-> [email protected]
Hola,
Lo primero, vaya por delante mi apoyo y ánimo a Roberto.
Yendo al tema, ese párrafo del BOE que le alegan como argumento para rechazarle la beca está mal interpretado: la fecha indicada es una fecha "límite" en la que el solicitante debe contar con las condiciones requeridas, en ningún caso esas condiciones deben concurrir en esa precisa fecha. Cualquier otra interpretación es fruto de una manipulación maquiavélica o de una eneptitud manifiesta.
Este chico pide ayuda, pero no especifica de qué tipo. ¿Busca consejo profesional? ¿Fondos para costear el recurso?
Ánimo y no dejes de reclamar: te están robando.
David.
El Título I, Capítulo I, Artículo 9, punto 2, de la citada "Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social" queda así definido tras la Ley Orgánica 2/2009:
"Los extranjeros mayores de dieciocho años que se hallen en España tienen derecho a la educación de acuerdo con lo establecido en la legislación educativa. En todo caso, los extranjeros residentes mayores de dieciocho años tienen el derecho a acceder a las demás etapas educativas posobligatorias, a la obtención de las titulaciones correspondientes, y al sistema público de becas en las mismas condiciones que los españoles."
http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-544
Prueba con una recogida de firmas. En la página Change.org te pueden ayudar. No sé si servirá de mucho, pero es mejor que quedarse de brazos cruzados. Por cierto, creo que tu dirección de e-mail está mal escrita, por lo menos a mi me ha dado error.
Son unos h.d.p. en toda regla. Ya no saben ni lo que inventarse para destinar menor dinero a becas y estallárselo en casas y coches. Estoy seguro de que con un abogado ganarías el litigio,pero claro,ellos saben perfectamente que no todo el mundo puede costearse el abogado. Lo mejor que podías haber hecho era irte a estudiar a Inglaterra,ya ves como están las cosas por aquí…
Me parece muy raro. Esto es más un error en la aplicación de la convocatoria por parte de la unidad de trámite que ha tramitado la beca de ese alumno.
Si bien la convocatoria habla del requisito de encontrarse trabajado en España a 31/12/2011, creo que la interpretación correcta es que el solicitante o sus sustentadores haya trabajado en España en 2011, para poder calcular las rentas del ejercicio de 2011, como para el resto de solicitantes. Eso si, si no se ha trabajado en 2011 en España, no cumple el requisito y no debería tener beca.
No hay ningún problema. Tendrías beca igual que siempre (si cumples con los requisitos, claro).
Buenas tardes, actualmente me encuentro finalizando una licenciatura, tengo un 7, 15 de media (me quedan 3 asignaturas para finalizar en septiembre) y me gustaría solicitar una beca para cursar un máster no habilitante el curso 2013-2014.
Actualmente estoy empadronada en otra comunidad autónoma diferente a Madrid que es donde estudio. Me gustaría pedir la beca de movilidad ya que es la de mayor cuantía con ella podría cubrir los gastos de alquiler.
Durante el año 2012 presenté declaración individual, trabajé 8 meses y ahora estoy en desempleo. ¿Si pido la beca se tendrá en cuenta todos los miembros de la unidad de convivencia o solo a mi como sujeto independiente? En el domicilio, residen mis 2 padres y un hermano también estudiante. Tengo más de 26 años con lo cual no figuro en su declaración y no se me considera dependiente de ellos. Nunca antes he obtenido beca ya que mis padres superan los umbrales. Con mi ganancias durante el 2012 no supero el umbral, además yo costeo misma mis estudios.
En el caso de que fuese tenida en cuenta toda la unidad familiar, intentaría pedir otro tipo de beca aunque no fuese de movilidad, entiendo que la cuantía es mucho menor pero prefiero aspirar a una beca de matrícula antes que nada. En ese caso pondría como lugar de residencia mi piso de alquiler en Madrid, ¿tendría que empadronare legalmente o basta con poner esta dirección en la solicitud?¿Se exige un tiempo mínimo de empadronamiento?
Espero haberme explicado bien
Muchas gracias
Como independiente no vas a tener la beca de movilidad, ni de residencia.
Si tienes ingresos suficientes en 2012 para ser independiente y contrato de alquiler de 2012, podrías solicitarla como independiente, pero si no, tendrás que incluir a tus padres.
El empadronamiento es lo de menos.
Hola, quiero preguntar una cosa que nunca me ha quedado muy clara. Al rellenar el formulario de las becas correspondientes a grado, cuando seleccionas la opción "residir en el domicilio de familiares", ¿te corresponde la cuantía de residencia o como es en casa de familiares no te corresponde? Gracias